Policía Vial no puede infraccionar o multar: Regidora 3 Maryanela Monroy Flores

No existe un reglamento en Tuxpan que ampare sus funciones deja claro la edil porteña

Tuxpan, Ver.- La Policía Vial no tiene facultad para infraccionar o multar a los conductores de unidades automotrices o motociclistas toda vez que aún no se aprueba en Tuxpan el Bando o Reglamento de Seguridad Pública así lo dejó ver la Regidora Tercera de Tuxpan Maryanela Monroy Flores

.La regidora comisionada en misionada en igualdad de género, promoción y defensa de los derechos humanos fue clara en señalar que la población le reporta detenciones del personal de la Policía Vial, pero esa corporación no puede aplicar infracciones.

“Mientras el bando y el reglamento de seguridad pública no se aprueben por nosotros los ediles (cabildo), la policía vial no tiene la facultad para infraccionarte o multarte”, comentó la regidora porteña.

Dijo que tras las detenciones reportadas por los ciudadanos se dio a la tarea de hacerle llegar un oficio con varias preguntas al Secretario de Seguridad Pública Municipal, Guillermo Alan Vásquez Gutiérrez, en torno a la función de la Policía Vial.

“Una de las más importantes es…Las facultades y atribuciones con las que va operar la policía vial, la respuesta fue…En un inicio no van a infraccionar únicamente van a realizar llamados de atención, apoyarán en los temas viales”, comentó la Regidora Tercera de Tuxpan Maryanela Monroy Flores.

Hizo hincapié que mientras el bando y el reglamento de seguridad pública no se aprueben por el alcalde, la síndica única y los regidores, integrantes de Cabildo, la Policía Vial no tiene la facultad para infraccionar o multar.

Por lo pronto lo dicho por Regidora Tercera deja claro que la Policía Vial solo realiza funciones de supervisión y no de detenciones o infracciones, por ello ante un proceder un elemento de esa corporación en contra de un ciudadano puede ser reportado ante la unidad interna de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal o denunciada jurídicamente ante las autoridades ministeriales por actuar sin estar vigente un Reglamento que ampare sus funciones.

 

 

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